Uno de los deberes de un Colegio Profesional es velar por la deontología y la dignidad profesional, garantizando a los ciudadanos que se encuentran en manos de profesionales perfectamente cualificados para el ejercicio de sus funciones.
La Ley impone a los Colegios que sean ellos mismos los que se ocupen de regular y vigilar sobre la conducta técnica, el respeto de los valores éticos, la prestancia de la gestión colegial, la protección de los derechos de los consumidores y usuarios, y el ejercicio de la función disciplinaria: en una palabra, que se autorregule éticamente.
Es por ello que la junta general celebrada el 27 de abril de 2019 se aprueba el siguiente código deontológico para que pueda servir de marco de comportamiento de los profesionales colegiados.